Decreto Nº 41332-S-MTSS ─ Reglamento especial para el control de riesgos sanitarios en ventas autorizadas.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto aprueba el Reglamento especial para el control de riesgos sanitarios en ventas autorizadas de acuerdo con el artículo 218 bis de la Ley General de Salud, que tiene como objeto regular de forma especial el control de riesgos sanitarios en la venta de frutas y en la preparación y venta de alimentos y bebidas en los sitios permitidos por las autoridades municipales, siempre y cuando se cuente con los servicios públicos necesarios para garantizar la salud pública. Este Reglamento aplica en todo el territorio nacional y será de acatamiento obligatorio para el otorgamiento del permiso por parte de la municipalidad correspondiente, para la venta de frutas y la preparación y venta de alimentos y bebidas de carácter artesanal y que sean preparadas exclusivamente en los sitios que previamente definan las municipalidades. Las frutas y los alimentos que se vendan no deben estar contaminados y cumplir con los criterios microbiológicos indicados en el Anexo 1 del presente Reglamento, para garantizar su inocuidad.
Los sitios autorizados por las Municipalidades deben contar con servicios sanitarios debidamente identificados tanto para hombres como para mujeres. No deben comunicarse directamente con las áreas de preparación de alimentos, deberán disponer de iluminación y ventilación natural o artificial. El sitio definido por la municipalidad, debe contar con un plan de manejo de residuos sólidos y líquidos, debidamente implementado, conforme al protocolo establecido por el Ministerio de Salud en el Reglamento General para Autorizaciones y Permisos Sanitarios de Funcionamiento Otorgados por el Ministerio de Salud.
Los sitios autorizados por las Municipalidades deben contar con servicios sanitarios debidamente identificados tanto para hombres como para mujeres. No deben comunicarse directamente con las áreas de preparación de alimentos, deberán disponer de iluminación y ventilación natural o artificial. El sitio definido por la municipalidad, debe contar con un plan de manejo de residuos sólidos y líquidos, debidamente implementado, conforme al protocolo establecido por el Ministerio de Salud en el Reglamento General para Autorizaciones y Permisos Sanitarios de Funcionamiento Otorgados por el Ministerio de Salud.
Attached files
Web site
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
La Gaceta Nº 217, Alcance 198, 22 de noviembre de 2018.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No