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Decreto Ley Nº 85/72 - Ley Forestal.

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Type of law
Legislation
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Keywords

Abstract
La Ley consta de 13 capítulos y 141 artículos. INDICE: Generalidades (I); Administración forestal del Estado (II); Definición, clasificación, declaración y régimen administrativo de las zonas y áreas forestales (III); Catalogo del patrimonio público forestal inalienable (IV); Deslinde y amojonamiento de las áreas forestales públicas (V); Ocupación de áreas forestales públicas (VI); Protección de las áreas forestales, atribuciones de la administración forestal del Estado (VII); Conservación de suelos y aguas y protección de margenes fluviales y lacustres (VIII); Tratamiento y aprovechamiento de las áreas forestales (IX); Industrias forestales (X); Unidades forestales, asociaciones y cooperativas forestales (XI); Fondo forestal nacional (XII); Infracciones forestales (XIII).
La presente Ley tiene por objeto lograr y perpetuar los máximos beneficios directos e indirectos que puedan derivarse de la flora, fauna, aguas y suelos existentes en las áreas forestales; asegurar la protección y mejoramiento de las mismas; y racionalizar el aprovechamiento, industrialización y comrcialización de los productos forestales (art. 1º). Para alcanzar tales fines, la Ley se propone establecer la adecuada conservación, restauración y propagación de los recursos forestales; lograr el máximo aprovechamiento sostenido en las áreas productoras; promover el uso múltiple de las áreas forestales, incluyendo la recreación; y establecer el racional aprovechamiento y utilización de los recursos mediante un adecuado ordenamiento y desarrollo del sector forestal (art. 2º). La Ley se propone además perfeccionar la capacidad administrativa y técnica de la Administración Forestal del Estado (art. 3º), que es la organización administrativa dependiente de la Secretaría de Recursos Naturales dotada de atribuciones específicas para el logro de los fines de la presente Ley (art. 6º). El artículo 9º establece que los terrenos que deban quedar sujetos a la jurisdicción e intervención del Estado se denominarán zonas y áreas forestales; el artículo 10 define la clasificación de las áreas forestales según su régimen de propiedad. Los artículos 61 a 63 establecen la posibilidad de conceder la calificación de parque nacional a sitios y parajes excepcionalmente pintorescos, selváticos o agrestes. El primer artículo del capítulo VIII prohibe cortar, dañar, quemar o destruir los árboles y arbustos y en general los bosques, dentro de 250 metros alrededor de cualquier nacimiento de agua y en una faja de 150 metros a uno y otro lado de todo curso de agua permanente, laguna o lago, siempre que esté dentro del área de drenaje de la corriente (art. 64). El capítulo IX prevé para el aprovechamiento de las áreas forestales las siguientes formas de autorización: adjudicación (art. 72), contrato de suministro de productos forestales (arts. 73 a 75), permiso de aprovechamiento en pequeña escala (arts. 76 a 78), permisos de aprovechamiento en gran escala (arts. 79 a 80) y licencias de aprovechamiento (art. 81). La Ley crea el Fondo Forestal Nacional (arts. 113 a 116). El régimen sancionatorio viene definido en los artículos 117 a 137. El artículo 138 clasifica algunas áreas como zonas forestales protegidas o zonas de interés forestal.
Date of text
Notes
Que deroga la Ley Forestal emitida por el Decreto Legislativo Nº 117 de 17 de mayo de 1961.
Repealed
Yes
Serial Imprint
La Gaceta Nº 20.620, 4 de marzo de 1972, págs. 1 y 8-19.
Publication reference
FAL Nº 22, 1973, págs. 70-75 (Resumen).
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No
Implemented by