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Decreto Supremo Nº 003-2016-PRODUCE ─ Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1195, Ley general de Acuicultura.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Decreto Supremo aprueba el Reglamento que tiene por objeto regular las disposiciones, criterios, procesos y procedimientos contenidos en la Ley General de Acuicultura, a fin de fomentar, desarrollar y regular la acuicultura, en sus diversas fases productivas en ambientes marinos, estuarinos y continentales, así como normar, orientar, promover y regular las actividades de acuicultura, fijando las condiciones, requisitos, derechos y obligaciones para su desarrollo sostenible en el territorio nacional. El presente Reglamento es de obligatorio cumplimiento a toda persona natural o jurídica, pública o privada, que realicen actividades de acuicultura en el territorio nacional; así como, actividades de poblamiento y repoblamiento en lo que corresponda.
Para cumplir la finalidad del Sistema Nacional de Acuicultura (SINACUI), se regulan los mecanismos de integración, coordinación e interacción transectorial entre los distintos actores, además de promover prácticas acuícolas que contribuyen a la conservación y aprovechamiento sostenible del ambiente donde se desarrolle. El Ministerio de la Producción (PRODUCE), a través del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura (DVPA), es la máxima autoridad del SINACUI, es responsable de dirigir su integración y óptimo funcionamiento a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos del SINACUI. El PRODUCE establece medidas de ordenamiento para el desarrollo de la actividad de acuicultura, en cumplimiento de sus funciones rectoras asignadas por el marco legal vigente, sobre la base del conocimiento actualizado de sus componentes biológicos, económicos, ambientales y sociales, en armonía con otras actividades que se realice en la zona, que permita administrar la actividad acuícola y la sostenibilidad productiva.
Los objetivos del SINACUI, son: 1) Coordinar la aplicación de la Política Nacional en materia de Acuicultura a nivel nacional; 2) Fomentar el desarrollo de la acuicultura sostenible, a través de la investigación, desarrollo tecnológico e innovación, la diversificación de la acuicultura, la simplifi cación administrativa, la aplicación de las buenas prácticas, reconociendo el valor ambiental, cultural, económico y social; 3) Promover la mejora continua e integración de los procedimientos e instrumentos de administración y gestión de la acuicultura; 4) Promover y coordinar acciones que coadyuven a la prevención y resiliencia del subsector acuícola frente al cambio climático y otros factores externos; 5) Promover la generación de espacios de coordinación con los organismos públicos y privados vinculados a la actividad acuícola debidamente acreditados ante las instancias estatales; y 6) Promover la seguridad alimentaria y nutricional a través de la acuicultura en zonas de menor desarrollo socioeconómico.
Date of text
Notes
Deroga el Decreto Supremo Nº 014-2007-PRODUCE.
Repealed
No
Serial Imprint
El Peruano, 25 de marzo de 2016.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No