Resolución Nº 045-2017-SUNASS ─ Directiva de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos Hídricos.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resolución aprueba la Directiva de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos (MRSE) Hídricos, que tiene como objeto que las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento cuenten con el marco normativo necesario para: 1) Diseñar Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos Hídricos (MRSE) Hídricos; 2) Incorporar los MRSE Hídricos en los Planes Maestros Optimizados (PMO) de las Empresas Prestadoras y su reconocimiento en la tarifa por los servicios de saneamiento; 3) Ejecutar los MRSE Hídricos.
La presente normativa es de aplicación obligatoria a todas las Empresas Prestadoras en su calidad de Retribuyentes, sean públicas de accionariado estatal, públicas de accionariado municipal, privadas o mixtas, que se encuentren o no en el Régimen de Apoyo Transitorio (RAT); no así a las Empresas Prestadoras que actúan como Contribuyentes. Se entiende por Contribuyente a la persona natural o jurídica, pública o privada, que mediante acciones técnicamente viables contribuye a la conservación, recuperación y uso sostenible de los ecosistemas que proveen de Servicios Ecosistémicos Hídricos de interés para las Empresas Prestadoras. Por Retribución se entiende el reconocimiento por las acciones que realizan los Contribuyentes para la conservación, recuperación y uso sostenible de las fuentes de los Servicios Ecosistémicos Hídricos de interés para la Empresa Prestadora, el cual puede efectuarse bajo las siguientes modalidades: a) Financiamiento de acciones específicas, directas e indirectas; b) Financiamiento de acciones de desarrollo productivo e infraestructura básica sostenible en favor de la población involucrada en el MRSE Hídrico.
La presente normativa es de aplicación obligatoria a todas las Empresas Prestadoras en su calidad de Retribuyentes, sean públicas de accionariado estatal, públicas de accionariado municipal, privadas o mixtas, que se encuentren o no en el Régimen de Apoyo Transitorio (RAT); no así a las Empresas Prestadoras que actúan como Contribuyentes. Se entiende por Contribuyente a la persona natural o jurídica, pública o privada, que mediante acciones técnicamente viables contribuye a la conservación, recuperación y uso sostenible de los ecosistemas que proveen de Servicios Ecosistémicos Hídricos de interés para las Empresas Prestadoras. Por Retribución se entiende el reconocimiento por las acciones que realizan los Contribuyentes para la conservación, recuperación y uso sostenible de las fuentes de los Servicios Ecosistémicos Hídricos de interés para la Empresa Prestadora, el cual puede efectuarse bajo las siguientes modalidades: a) Financiamiento de acciones específicas, directas e indirectas; b) Financiamiento de acciones de desarrollo productivo e infraestructura básica sostenible en favor de la población involucrada en el MRSE Hídrico.
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Date of text
Repealed
Yes
Serial Imprint
El Peruano, 19 de octubre de 2017.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No
Amends