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Decreto Nº 253 - Ley General de Recursos Hídricos.

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Type of law
Legislation
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Abstract
La presente ley, de orden público, tiene como fin regular la gestión integral de las aguas, su sostenibilidad, garantizar el derecho humano al agua, la seguridad hídrica para una mejor calidad de vida de todos los habitantes del país; y promover el desarrollo humano, social y económico mediante la utilización sustentable de los recursos hídricos. En particular, la ley destaca: la importancia del derecho a la salud y a la vida en conexión con el acceso al agua potable y al saneamiento, considerando la obligación del Estado de reconocer el derecho al agua y al saneamiento garantizando que todas las personas puedan disponer de agua limpia, suficiente, salubre, segura, aceptable y accesible; se destaca también en la exposición de motivos la obligación del Estado de proteger los recursos naturales, así como la diversidad e integridad del medioambiente para garantizar el desarrollo sostenible; la responsabilidad de garantizar la gestión integrada de los recursos hídricos derivada de los tratados ratificados por el Estado; el agua como bien nacional de uso público, inalienable, inembargable e imprescriptible; la necesidad de atender a las variabilidades climáticas con un impacto en la agricultura y la seguridad alimentaria del país; y el rol fundamental de las mujeres en el abastecimiento, gestión y protección del agua.
La ley está compuesta de 179 artículos divididos en 9 títulos: disposiciones generales (I); marco institucional y zonificación hídrica (II); política, planificación, sistema de información y Registro Nacional de los Recursos Hídricos (III); utilización del dominio público hidráulico (IV); cultura del agua (V); régimen económico (VI); protección y conservación de los recursos hídricos (VII); regímenes de infracciones y autoridad sancionadora (VIII); y disposiciones transitorias, derogatorias y finales (IX).
Entre otras disposiciones, es de destacar el artículo 6 que define los elementos que conforman el dominio público hidráulico (aguas continentales, cauces y riberas, lechos de lagos y lagunas, playas, terrenos inundados, acuíferos y manglares). Dentro del mismo título se encuentran enumerados los principios generales de la ley, entre otros: bien común, vital, finito y vulnerable; corresponsabilidad; enfoque de cuenca; enfoque de derechos; equidad; igualdad y no discriminación; in dubio pro aqua; integralidad; participación ciudadana; y prioridad del uso del agua para consumo humano. También destaca el artículo 63, en el título cuarto, que establece el orden prioritario para el aprovechamiento y uso del recurso hídrico siendo los dos primeros usos prioritarios el agua para consumo humano y uso doméstico y el uso de agua para la sostenibilidad de ecosistemas. En ese mismo título se establecen también normas relativas al caudal ambiental y el aprovechamiento de lluvias, así como el régimen de autorizaciones para el aprovechamiento hídrico y permisos de vertido. canónes de agua en el seis. Por otra parte, el título 7 define medidas para la conservación del recurso hídrico, entre otras el establecimiento de zonas de protección, tanto de fuentes superficiales como de acuíferos; régimen de caudal ambiental; y sistemas de prevención y control de la contaminación del agua. Por último, dentro de las disposiciones transitorias se encuentran disposiciones relativas a pozos y en particular a pozos artesanales.
En cuanto al marco institucional, la Ley crea la Autoridad Salvadoreña del Agua (ASA), que será la instancia superior, deliberativa, rectora y normativa en materia de política de los recursos hídricos. Relativamente a la gestión integral de los recursos hídricos y demás bienes que forman parte del dominio público hidráulico, a través del uso racional, aprovechamiento eficiente, manejo, protección, recuperación, conservación, mejoramiento y restauración del recurso hídrico para garantizar su sustentabilidad con equidad; debiendo incorporar en todas sus acciones, planes y programas institucionales, el enfoque de género, de cuenca y la perspectiva de adaptación y mitigación frente el cambio climático.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Diario Oficial Nº 434, 12 de enero de 2022.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No