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Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica (LOSPEE).

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Type of law
Legislation
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Abstract
La presente Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica (LOSPEE), tiene por objeto garantizar que el servicio público de energía eléctrica cumpla los principios constitucionales de obligatoriedad, generalidad, uniformidad, responsabilidad, universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad, calidad, sostenibilidad ambiental, precaución, prevención y eficiencia, para lo cual, corresponde a través de la presente Ley, normar el ejercicio de la responsabilidad del Estado de planificar, ejecutar, regular, controlar y administrar el servicio público de energía eléctrica.
La LOSPEE regula la participación de los sectores público y privado, en actividades relacionadas con el servicio público de energía eléctrica, así como también la promoción y ejecución de planes y proyectos con fuentes de energías renovables, y el establecimiento de mecanismos de eficiencia energética. El Estado, por intermedio del Ministerio de Electricidad y Energía Renovable (MEER), podrá delegar, de forma excepcional, a empresas de capital privado, así como a empresas de economía popular y solidaria, la participación en las actividades del sector eléctrico,
El MEER es el órgano rector y planificador del sector eléctrico, al cual le corresponde: definir y aplicar las políticas; evaluar que la regulación y control se cumplan para estructurar un eficiente servicio público de energía eléctrica; la identificación y seguimiento de la ejecución de proyectos; otorgar títulos habilitantes; evaluar la gestión del sector eléctrico; la promoción y ejecución de planes y programas de energías renovables; y los mecanismos para conseguir la eficiencia energética. La Agencia de Regulación y Control de Electricidad (ARCONEL), es el organismo técnico administrativo encargado del ejercicio de la potestad estatal de regular y controlar las actividades relacionadas con el servicio público de energía eléctrica y el servicio de alumbrado público general, precautelando los intereses del consumidor o usuario final.
El Operador Nacional de Electricidad (CENACE), constituye un órgano técnico estratégico adscrito al MEER, actuará como operador técnico del Sistema Nacional Interconectado (S.N.I.) y administrador comercial de las transacciones de bloques energéticos, responsable del abastecimiento continuo de energía eléctrica al mínimo costo posible, preservando la eficiencia global del sector.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Registro Oficial Nº 418 Suplemento, 16 de enero de 2015.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No