Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI ─ Reglamento para la Gestión Forestal.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto Supremo aprueba el Reglamento para la Gestión Forestal, que tiene por objeto regular la institucionalidad, la planificación, la zonificación, el ordenamiento y la información vinculada a la gestión forestal y de fauna silvestre. El Reglamento también tiene por objeto regular y promover la gestión al Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, en lo referente a: a) los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre; b) los recursos forestales, independientemente de su ubicación en el territorio nacional, a excepción de las plantaciones forestales que se rigen por su propia normatividad; c) los servicios de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre en concordancia con la normatividad sobre la materia; d) la diversidad biológica forestal, incluyendo sus recursos genéticos asociados; e) los paisajes de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre, en tanto sean objeto de aprovechamiento económico.
El Reglamento tiene por finalidad promover la conservación, la protección, el incremento y el uso sostenible del patrimonio forestal, integrando su manejo con el mantenimiento y mejora de los servicios de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre. Se aplica a las diferentes personas naturales o jurídicas vinculadas a la gestión forestal y de fauna silvestre, al aprovechamiento sostenible de los recursos forestales, a los servicios de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre y a las actividades forestales y conexas. El Estado aplica en la gestión forestal y de fauna silvestre la participación de las comunidades nativas, comunidades campesinas y pueblos indígenas u originarios a través de sus organizaciones representativas, con la finalidad de proteger y garantizar los derechos colectivos de los pueblos, el respeto de su integridad y el enfoque de género.
La Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre es el instrumento de cumplimiento obligatorio que orienta la gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, la misma que se articula con los planes de desarrollo y demás instrumentos de Política de Estado. En el marco de la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, los gobiernos regionales y locales coordinan entre sí y con el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), con el fin de armonizar sus políticas, evitar conflictos de competencia, contribuir con coherencia y eficiencia en el logro de los objetivos y fines del Sistema Nacional de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre (SINAFOR).
El Reglamento tiene por finalidad promover la conservación, la protección, el incremento y el uso sostenible del patrimonio forestal, integrando su manejo con el mantenimiento y mejora de los servicios de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre. Se aplica a las diferentes personas naturales o jurídicas vinculadas a la gestión forestal y de fauna silvestre, al aprovechamiento sostenible de los recursos forestales, a los servicios de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre y a las actividades forestales y conexas. El Estado aplica en la gestión forestal y de fauna silvestre la participación de las comunidades nativas, comunidades campesinas y pueblos indígenas u originarios a través de sus organizaciones representativas, con la finalidad de proteger y garantizar los derechos colectivos de los pueblos, el respeto de su integridad y el enfoque de género.
La Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre es el instrumento de cumplimiento obligatorio que orienta la gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, la misma que se articula con los planes de desarrollo y demás instrumentos de Política de Estado. En el marco de la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, los gobiernos regionales y locales coordinan entre sí y con el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), con el fin de armonizar sus políticas, evitar conflictos de competencia, contribuir con coherencia y eficiencia en el logro de los objetivos y fines del Sistema Nacional de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre (SINAFOR).
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Date of text
Notes
Deroga los Decretos Supremos Nº 006-2003-AG y 011-2004-AG, y la Resolución Nº 010-2003-AG.
Repealed
No
Serial Imprint
El Peruano, 30 de septiembre de 2015.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No
Amended by
Implements
Implemented by
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