Ley Nº 29763 - Ley Forestal y de Fauna Silvestre.
Country
Type of law
Legislation
Date of original text
Date of latest amendment
Abstract
La presente Ley establece los derechos y deberes fundamentales relacionados con el patrimonio forestal y de fauna silvestre, y dispone que toda persona tiene el derecho de acceder al uso, aprovechamiento y disfrute del patrimonio forestal y de fauna silvestre de acuerdo a los procedimientos establecidos por la autoridad nacional y regional y a los instrumentos de planificación y gestión del territorio.
Se crea el Sistema Nacional de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre (SINAFOR), como sistema funcional integrado par los ministerios y los organismos e instituciones públicas de los niveles nacional, regional y local que ejercen competencias y funciones en la gestión forestal y de fauna silvestre, y por los gobiernos regionales y gobiernos locales, y por los comités de gestión de bosques reconocidos. El SINAFOR integra funcional y territorialmente la política, las normas y los instrumentos de gestión, las funciones publicas y relaciones de coordinación de las instituciones del Estado en todos sus sectores y niveles de gobierno, el sector privado y la sociedad civil, en materia de gestión forestal y de fauna silvestre.
Se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Agricultura. El SERFOR es la autoridad nacional forestal y de fauna silvestre, y el ente rector del SINAFOR y se constituye en su autoridad técnico-normativa a nivel nacional, encargada de dictar las normas y establecer los procedimientos relacionados a su ámbito, coordinando su operación técnica y siendo responsable de su correcto funcionamiento.
Se crea el Sistema Nacional de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre (SINAFOR), como sistema funcional integrado par los ministerios y los organismos e instituciones públicas de los niveles nacional, regional y local que ejercen competencias y funciones en la gestión forestal y de fauna silvestre, y por los gobiernos regionales y gobiernos locales, y por los comités de gestión de bosques reconocidos. El SINAFOR integra funcional y territorialmente la política, las normas y los instrumentos de gestión, las funciones publicas y relaciones de coordinación de las instituciones del Estado en todos sus sectores y niveles de gobierno, el sector privado y la sociedad civil, en materia de gestión forestal y de fauna silvestre.
Se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Agricultura. El SERFOR es la autoridad nacional forestal y de fauna silvestre, y el ente rector del SINAFOR y se constituye en su autoridad técnico-normativa a nivel nacional, encargada de dictar las normas y establecer los procedimientos relacionados a su ámbito, coordinando su operación técnica y siendo responsable de su correcto funcionamiento.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
El Peruano, 22 de julio de 2011.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No
Amended by
Implemented by